Control social
El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados.
¿Qué debo tener en cuenta si quiero hacer control social?
Para realizar los ejercicios de control social, puede tener en cuenta lo siguiente:
Ley 1757 de 2015 "Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática", artículos 60 al 72.
Ley 850 de 2003 "Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas
Las modalidades de control social definidas por el artículo 63 de la Ley 1757 de 2015: Veedurías ciudadanas, las Juntas de vigilancia, los Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios, las auditorías ciudadanas y las instancias de participación ciudadana. Teniendo en cuenta que, en materia de servicios públicos domiciliarios, el control social debe sujetarse a las normas especiales contenidas en la Ley 142 de 1994.
La Beneficencia de Cundinamarca cuenta con una Encuesta de Satisfacción Espacios de Participación Ciudadana que sirve como herramienta para conocer la percepción de los grupos de valor en relación con los espacios de participación ciudadana. Esta encuesta es diligenciada con los participantes cada vez que se realiza un espacio de participación durante la vigencia y se encuentra disponible:
Virtualmente: Encuesta de Satisfacción
Planes de Mejoramiento
Plan de Mejoramiento 2015-2016
Auditorías
Informe de rendición de cuentas a los ciudadanos
Informe Pormenorizado del Sistema de Control Interno
Dando Cumplimiento a lo expuesto por el Decreto N° 612 de 2018
La Beneficencia de Cundinamarca
Pone en conocimiento de la Ciudadanía.
La integración de los planes Institucionales y estratégicos al Plan de Acción.
“Las entidades del Estado, de acuerdo con el ámbito de la aplicación del modelo integrado de Planeación y Gestión, al Plan de Acción de que trata el Articulo 74 de la ley 1474 de 2011, por el cual se fijan las directrices para la integración de los planes institucionales y estratégicos al Plan de Acción por parte del de las entidades del Estado”
Calle 26 No 51-53 Torre Beneficencia P 6 Bogotá - Colombia
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